La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) oficializó un nuevo esquema de incentivos tributarios dirigido exclusivamente a personas naturales sin negocio. A través de la Resolución de Superintendencia N.º 355-2025, el ente recaudador estableció un régimen de gradualidad que permite la rebaja de hasta el 100% de las multas por omisión en la presentación de declaraciones juradas, aplicable incluso si la deuda ya se encuentra en proceso de cobranza coactiva.
Esta medida, que flexibiliza el rigor sancionador habitual, tiene como objetivo facilitar la regularización de declaraciones mensuales y anuales del Impuesto a la Renta de contribuyentes que, a menudo por desconocimiento de la norma o errores administrativos, han incumplido sus obligaciones.
Escala de beneficios: Incentivo a la subsanación voluntaria
El nuevo reglamento establece un sistema escalonado de descuentos (gradualidad) que premia la rapidez en la subsanación de la falta. El beneficio aplica tanto para quienes omitieron declarar como para aquellos cuyas declaraciones fueron consideradas «no presentadas» por errores en el RUC o el periodo tributario.
El esquema de rebajas opera de la siguiente manera:
- Subsanación Voluntaria (100% de rebaja): Si el contribuyente presenta la declaración omitida antes de que surta efecto la notificación de la multa por parte de la SUNAT, la sanción pecuniaria se elimina en su totalidad.
- Etapa Inducida Temprana (Hasta 99%): Si la regularización ocurre después de la notificación de la multa, pero dentro de los 7 días hábiles posteriores a la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC), la rebaja será del 99% si se paga la multa restante, y del 98% si solo se declara sin pagar la multa en el acto.
- Etapa Coactiva Intermedia (Hasta 97%): Si la subsanación se realiza entre el octavo y el centésimo vigésimo (120) día hábil posterior a la REC, el descuento será del 97% con pago de la multa y 96% sin pago.
Corrección de errores administrativos
La norma también aborda los casos de declaraciones consideradas «no presentadas» debido a errores formales, como consignar un número de RUC equivocado o un período tributario incorrecto. En estos escenarios, el contribuyente podrá acceder a una rebaja del 100% de la multa mediante la presentación del formulario virtual N.° 1693 («Solicitud de Modificación y/o Inclusión de Datos»), simplificando el trámite rectificatorio.
Alcance y retroactividad
Un punto clave de la resolución es su alcance retroactivo. Los contribuyentes que hayan incurrido en infracciones antes de la vigencia de esta norma también podrán acogerse a los nuevos porcentajes de rebaja, bajo la condición de que no hayan hecho uso de un beneficio similar anteriormente.
Analistas tributarios coinciden en que esta disposición busca aliviar la carga operativa de la Administración Tributaria, cerrando expedientes de montos menores que generan altos costos administrativos en litigios y cobranzas coactivas, permitiendo a la SUNAT enfocar sus recursos en la fiscalización de grandes contribuyentes y la evasión compleja.
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